lunes, 18 de noviembre de 2019

Hola, me llamo Miryam Ibarra y aquí os muestro un esquema sobre las funciones y tareas ligadas a la administración de personal.
Desde el primer momento en el que el trabajador firma un contrato con la empresa hasta que finaliza dicho contrato, hay que generar cierta cantidad de documentación, la cual es necesaria tanto para las relaciones con el trabajador (el contrato) como con las Administraciones Públicas, es decir, la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Agencia Tributaria (los seguros sociales). Esquema de Mindomo:
Las funciones y tareas ligadas a la administración  de personal.

Su función de tareas son las siguientes:

-Documentación relativa al inicio de la relación laboral al trabajador con la seguridad social, servicio público de empleo estatal y agencia tributaria (mod.145)https://www.google.com/search?rlz=1C1AVFC_enES737ES737&biw=1366&bih=657&tbm=isch&sa=1&ei=IfjSXdqnF876gAb7ypDgDA&q=modelo+145+agencia+tributari&oq=modelo+145+agencia+tributari&gs_l=img.3..0j0i24l2.2374319.2376405..2376821...2.0..0.93.323.4......0....1..gws-wiz-img.VrpjB9zrteI&ved=0ahUKEwiavK2VxvTlAhVOPcAKHXslBMwQ4dUDCAc&uact=5#imgrc=LdMMDaEvBn6HjM:

-Elaboración del recibo de salarios.
-Cumplimento de las obligaciones periódicas con la seguridad social y la agencia tributaria (mod.190)https://www.google.com/search?rlz=1C1AVFC_enES737ES737&biw=1366&bih=657&tbm=isch&sa=1&ei=BPjSXdPkHIryap-El6AC&q=modelo+190+agencia+tributaria+pdf&oq=modelo+190+agencia+tributaria+pdf&gs_l=img.3..0i24.147903.149005..149337...0.0..0.79.298.4......0....1..gws-wiz-img.Qb1r2JCqY7I&ved=0ahUKEwjT9siHxvTlAhUKuRoKHR_CBSQQ4dUDCAc&uact=5#imgrc=qWeiLrjzJFmW4M:

-Documentación de incidencias laborales.
-Trámites relacionados con faltas y sanciones: leves, graves y muy graves.
-Documentación relativa a la extinción de la relación laboral.
-Información a los trabajadores.



Buenas tardes, aquí os presento un esquema de las funciones y tareas ligadas a la administración del personal. En dicho esquema podemos contemplar de forma clara y concisa dichas funciones y tareas.
Desde el momento en el que el trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral, hay que generar una importante cantidad de documentación. Esta es absolutamente necesaria tanto en las relaciones con el trabajador (por ejemplo, el contrato) como con las Administraciones Públicas (seguros sociales).

 Esquema en mindomo:


Alberto Ramírez Luque 1ºAFA
Esquema en Mindomo:
Mediante este mapa mental podremos observar las distintas funciones y tareas ligadas a la administración de personal que encontramos en la Unidad 1 del libro de Recursos Humanos (Página 18 y 19). Etas tareas son básicas y necesarias y se han de llevar a cabo en todas las empresas.


Buenas tardes José Joaquín Borrego Serrano, el trabajo que te envío es elaborado mediante el programa Mindomo, el cual puedes elaborar esquemas detallados y bastantes eficientes.
El trabajo que te envío explica sobre las funciones y tareas ligadas a la administración de personal donde se estima el tiempo desde que un trabajador es contratado de la empresa hasta  que termine su ralición laboral.

Esquema en Mindomo

Hola muy Buenas Me llamo Jesús Chaparro y me vengo a explicar las funciones y tareas ligadas administración de personal. Dentro de este esquema (en el enlace de mindomo) que veras a continuación te encontraras un resumen explicado.
Este resumen no se comprara con los demás por que cada persona tiene su forma de explicarse y mucho mas en un esquema donde cada uno puede dar su punto de vista.
Espero que te guste mucho y que disfrutes.
Es quema de Mindomo
Esquema MINDOMO.
Buenas, 
Le adjunto un esquema resumen del punto 3.2.Las funciones y tareas ligadas a la administración de personal.
Desde el momento en el que el trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral, hay que generar una importante cantidad de documentación. Esta es absolutamente necesaria tanto en las relaciones con el trabajador ( por ejemplo, el contrato) como con las Administraciones Públicas (por ejemplo, los seguros sociales).
La principales tareas que componen esta función son las siguientes:
Esquema en mindomo
 Las principales tareas de las que se encarga , son:
-Documentación relativa al inicio de la actividad laboral , para ello tendrán que tener los documentos relacionados con la Seguridad social , el Servicio Publico , La agencia Tributaria .
-Elaboración de recibo de salarios , en él deben figurar todas la percepciones salariales .
-Documentación de incidencias laborales(son aquellas situaciones relacionadas con el trabajador que se agrupan bajo la denominación de incidencias laborales.
-Cumplimiento de las obligaciones periódicas con la Seguridad Social y Hacienda.
-Trámites relacionados con faltas y sanciones , tales como finalización de contratos, despidos , dimisiones e incumplimientos .
-Información a los trabajadores , se  pude comunicar mediante Tablón de anuncios , correo , notas internas , avisos,etc
Esquema en Mindomo
Buenos días, aquí en este blog os voy a dejar mi esquema del punto 3.2 del tema 1 del libro de Recursos Humanos y Responsabilidad Social Corporativa cuya editorial es macmillan education.
Desde el momento en el que el trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral, hay que generar una importante cantidad de documentación que es necesaria tanto en las relaciones con el trabajador como con las Administraciones Públicas. A continuación, ya aparece las funciones y tareas ligadas a la administración de personal con su explicación cada una de estas tareas.
      Aquí os dejo las funciones y tareas ligadas a la administración de personal. 
     Desde el momento en el que el trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral, hay que generar una importante cantidad de documentación. Esta es necesaria tanto en las relaciones con el trabajador. 
      Esta es la esquema de las principales tareas:
Esquema en Mindomo
La administración de personal genera una importante cantidad de documentación desde el momento en el que el trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral.
Las principales tareas son las siguientes: documentación relativo al inicio de la relación laboral, elaboración del recibo de salario, cumplir con las obligaciones periódicas con los organismos legales, documentación de incidencias laborales, tramites relacionados con faltas y sanciones, documentación relativa a la extinción de la relación laboral y dar información a los trabajadores.
Todas estas tareas son muy importantes dentro de la función que tiene el departamento de recursos humanos.
Espero que os guste este esquema.

Esquema en Mindomo
Aquí le dejo el esquema realizado en Mindomo, sobre las funciones y tareas ligadas a la administración de personal.
Las funciones están formadas por siete tareas: Documentación relativa al inicio de la relación laboral, Elaboración del recibo de salarios, Cumplimento de las obligaciones periódicas, Documentación de incidencias laborales, Trámites relacionados con faltas y sanciones, Documentación relativa a las extinción de la relación laboral, Información a los trabajadores, las cuales se realizan desde que el trabajador es contratado en la empresa hasta que finaliza la relación laboral con la empresa.
Esta documentación  es imprescindible en las relaciones con el trabajador y en las relaciones con las Administraciones Públicas.
Las Administraciones Públicas con las que se relacionan son: la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Agencia Tributaria.

Aquí os dejo el esquema sobre las funciones y tareas ligadas a la administración de personal.
El departamento de personal se dedicaba a las tareas que requiere la función de administración de personal y olvidaba buena parte de las funciones que en la actualidad, asume el departamento de recursos humanos. El trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral.
Aquí quedan reflejadas las funciones y tareas ligadas a la administración de personal.
Desde el momento en el que el trabajador es contratado por una empresa hasta que finaliza su relación laboral, hay que generar una importante cantidad de documentación. Esta es absolutamente necesaria tanto en las relaciones con el trabajador (el contrato) como con las Administraciones Públicas (los seguros sociales).
Hola muy buenas, os doy un cordial saludo. Bueno pues para esta nueva entrada (y primera en mi caso) me e decidido a publicar un trabajo relacionado con una parte de una de las asignaturas la cual doy en primero de administración y finanzas de grado superior (Técnico superior administrativo), una de las asignaturas que mas me motivan y me hacen disfrutar de estos estudios. Pero ¿Cual es? Pues simplemente es la que imparte mi profesor Jose Joaquin Borrego, Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. Dentro de esta me centrare en el tema 1 (El departemento de recursos humanos) y dentro de este me centrare no en el punto uno, ni dos, sino en el tres, pero en el tres punto dos "Las funciones y tareas legadas a la administración de personal" en el cual mostrare todas las partes de este y explicare las distintas fases  entre las que se encuentran por ejemplo la documentación relativa al inicio de la relación laboral, elaboración del recibo de salarios, documentación de incidencias laborales, información a los trabajadores, entre otros.
Esquema en Mindomo
Aqui tenemos el esquema de las funciones y tareas ligadas a la administración de personal he puesto las funciones y tareas ligadas a la administracion de personal, hemos insertado un par de hipervinculos uno para la seguridad social y otro para la agencia tributaria hemos insertado tambien alguna imagen.
Esquema en mindomo:
 
 Aquí os dejo el esquema de las funciones y las tareas ligadas a la Administración de personal.
En ese esquema os explicó cuáles son las principales tareas que realizan.
También se incluyen accesos directos a los modelos oficiales y también se ven imágenes de algunos de los documentos que se realizan en la Administración.
Esquema en Mindomo
En este post vengo a explicaros cuales son las funciones y las tareas ligadas a la administración de personal.
En él hablaremos sobre las principales tareas, que son:
- Documentación relativa al inicio de la relación laboral.
- Elaboración del recibo de salarios.
- Cumplimiento de las obligaciones periódicas con:
               - Seguridad social.
               - Agencia tributaria.
- Documentación de incidencias laborales.
- Trámites relacionados con faltas y sanciones.
- Información a los trabajadores.
En el también se incluyen enlaces directos a los documentos oficiales
Vamos a repasar las funciones y tareas ligadas a la administración de personal correspondiente a la unidad 1 de Recursos Humanos. En este tema vamos a tratar temas como la documentación relativa al inicio de la actividad laboral, la elaboración del recibo de salarios, documentación de incidencias laborales entre otras funciones.
En este breve esquema disponemos de hipervínculos para acceder a la Seguridad Social, el SEPE y la Agencia Tributaria.
Esquema en Mindomo

Aquí os dejo las funciones y tareas ligadas a la administración de personal vienen todas redactadas con vinculos y con imágenes y notas
Esquema en Mindomo

domingo, 10 de noviembre de 2019

En este pequeño post, se muestra los pasos que tiene que realizar una empresa, a la hora de contratar a un trabajador.
Como se puede observar en el esquema, hay distintas maneras de dar de alta a un trabajador según el tipo de empresa y las diferentes manera que hay para que un trabajador sea dado de alta.
1- Solicitar su inscripción como empresario en la TGSS.
2-Afiliación de trabajadores.
3-Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social.
4-Alta de los contratos de trabajo.
5-Comunicación de apertura del centro de trabajo.






sábado, 9 de noviembre de 2019

En este post os explico los trámites necesarios que tiene que realizar el empresario para contratar a los trabajadores.
Éstos de dividen en:

  • Inscripción de la empresa.
  • Afiliación de trabajadores.
  • Alta de trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social.
  • Alta de los contratos de trabajo.
  • Obtención del calendario laboral.

- Para la inscripción de la empresa, el empresario debe solicitar la inscripción en la Tesorería General de la Seguridad Social, donde obtendrá un Código de Cuenta de Cotización principal para toda la vida de la empresa.
Según el tipo de empresario tendrá un modelo de solicitud u otra.

- La afiliación de los trabajadores tiene lugar cuando éstos solicitan el número de afiliación, el cual será único y general para todos los Regímenes del Sistema y se extiende a toda la vida de los trabajadores. Se puede realizar por parte del empresario, del trabajador o de oficio.

- En cuanto al alta de los trabajadores, todo empresario que contrate a trabajadores deberá comunicar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. Ésta también se puede realizar por parte del empresario, del trabajador o por oficio. Según el régimen al que pertenezca la actividad tendrá un plazo u otro.
- El alta de los trabajadores consiste en legalizar o dar de alta los contratos de los trabajadores por cuenta ajena. Debe realizarlo la empresa en el plazo no superior a 10 días desde la firma del contrato.
- La comunicación de apertura del centro de trabajo debe ser presentada cualquiera que sea la actividad de la empresa.
- Obtención del calendario laboral, las empresas deben exponer en cada centro de trabajo en un lugar visible el calendario laboral. Éste contiene el horario de trabajo de la empresa y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales y entre semana, y otros días inhábiles.

jueves, 7 de noviembre de 2019

En este post os dejo los tramites necesario para la contratacion de trabajadores por parte de el empresario.

1- Afiliación de los trabajadores.
Se puede realizar de la siguiente forma:
A instancia del empresario.
A instancia del trabajador.
De oficio por parte de la Tesoreria General de la seguridad social
2- Alta del trabajador .
3- Registro del contrato de trabajo.
4- Sistema RED.
¡Buenos días!
En este post os voy a dejar un breve resumen de los pasos a seguir para contratar a un nuevo trabajador en nuestra empresa.

En primer lugar, el trabajador tiene que estar afiliado a la seguridad social, en el caso de no estar afiliado deberá hacer para conseguir su número de afiliación. Este trámite se realiza rellenando el modelo de solicitud TA.1 y entregarlo en la TGSS de la provincia de domiciliación de la empresa en la que prestará su servicio el trabajador.
MODELO TA.1


Tras finalizar este trámite el futuro trabajador ya estará listo para poder ser contratado.

Después de ser contratado, nos encontramos con tres posibles trámites: dar de alta al trabajador, darle de baja o la variación de datos del trabajador. Estos trámites se realizan mediante el modelo TA. 2/S y tienen unos plazos de presentación:  el alta, 60 días naturales antes del inicio de la relación laboral y las bajas y variaciones de datos, basta con 6 días naturales previos.
MODELO TA. 2/S

El empresario además se encuentra obligado a registrar y comunicar al SEPE el contrato de trabajo, entregando una copia del contrato en la oficina en un plazo de 10 días.

En último lugar, se procederá al pago de las cuotas. Los documentos para ingresar las cuotas se pueden presentar en cualquier entidad financiera que esté autorizada para ser Oficina Recaudadora. En esta se debe presentar el boletín de cotización (TC-1) y la relación nominal de trabajadores (TC-2). Las empresas con un solo trabajador presentarán el TC-2 ABREVIADO, si cumple los requisitos.

 

TRÁMITES DE CONTRATACIÓN

Hay dos pasos previos que sólo se aplican en determinadas circunstancias: uno es para los empresarios que nunca hayan contratado personal y otro para trabajadores que nunca hayan sido contratados.
  • Inscripción como empresario en la Seguridad Social.
  • Afiliación de trabajadores
Y luego hay tres pasos obligatorios en todas las contrataciones:
  • Altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores:
  • Presentación de los contratos en el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social
 Veamos estos pasos con detalle:

1. Inscripción del empresario

Lo primero de todo es inscribirte como empresario para obtener tu Código de Cuenta de Cotización.
La inscripción es un acto administrativo que tienes que llevar a cabo en la Tesorería General de la Seguridad Social.
La solicitud se realiza mediante el modelo TA.6

Forma y plazos de comunicar la inscripción:

Deberás solicitar tu inscripción como empresa antes del inicio de actividad, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a tu domicilio social.

Documentación que debes presentar:

  1. Modelo oficial de solicitud.
  2. Documento identificativo del titular de la empresa.
  3. Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal en el que conste la Actividad Económica de la Empresa.

Variación de datos y extinción de la empresa:

Como empresario también eres responsable de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social  tanto las variaciones de datos como la extinción o cese  en el modelo TA.7 en el plazo de seis días naturales siguientes a aquel en que se produzcan.

2. Afiliación de los trabajadores a contratar

Al incorporar nuevos trabajadores a tu empresa tienes que saber si están o no afiliados a la Seguridad Social. 
La afiliación, si ésta no existiese con anterioridad, es un acto administrativo, que tienes que realizar obligatoriamente como empresario, previo al alta. 
Mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social incluye en el Sistema de Seguridad Social, a la persona física por primera vez. 
La solicitud de afiliación, en el modelo TA.1, se dirigirá a la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social o Administración de la misma provincia en que esté domiciliada la empresa en que presta servicios el trabajador.

3. Alta, baja y variación de datos de tus trabajadores

Se realizarán mediante la presentación del impreso TA.2/S.
La solicitud de alta en la Seguridad Social contendrá fundamentalmente los siguientes datos:
  • Nombre o razón social del empresario que promueve el alta.
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario.
  • Régimen de Seguridad Social.
  • Apellidos y nombre del trabajador.
  • Número de Seguridad Social del trabajador.
  • DNI
  • Domicilio del trabajador.
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Grupo de cotización.
  • Tipo de contrato y coeficiente de jornada en su caso.
  • Ocupación (en los supuestos indicados en la Disposición adicional cuarta de la ley 42/2006 de 28 de diciembre de 2006)
La solicitud de baja, por la cual se extingue la relación jurídica con la Seguridad Social, deberá contener los datos relativos a:
  • Nombre o razón social del empresario que promueve el baja.
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario.
  • Régimen de Seguridad Social.
  • Apellidos y nombre del trabajador.
  • Número de Seguridad Social del trabajador.
  • DNI.
  • Domicilio del trabajador.
  • Fecha de cese de la actividad
  • Causa de la baja.
También deberás comunicar las variaciones de datos identificativos, domiciliarios o laborales de tus trabajadores.
  • Tipo de contrato y coeficiente de jornada laboral.
  • Epígrafe de AT y EP.
  • Variación de grupo de cotización.
  • Fecha de variación.
  • Ocupación.
Plazos de presentación:
  • Altas: Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días naturales antes
  • Bajas y variaciones de datos: 3 días naturales

4. Registro y comunicación del contrato de trabajo.

En un plazo de 10 días, deberás remitir copia del contrato al Servicio de Empleo Público Estatal para su registro.
En 2017 hay vigentes tipos de contratos de trabajo: indefinidos, temporales, formativos y en prácticas.
En caso de que los contratos no se formalicen por escrito, el empresario queda igualmente obligado a comunicar en el mismo plazo el contrato efectuado.
Este trámite se podía realizar presencialmente en las diferentes oficinas de empleo de tu comunidad autónoma pero es necesario hacerlo online a través de la página del SEPE.

5. Ingreso de cuotas de cotización

Además de abonar los salarios, como empresario eres el responsable del ingreso de la cotización propia y de la de tus trabajadores a la Seguridad Social, para lo cual descontarás del salario de tus trabajadores las aportaciones que les correspondan en el momento de su abono. Las cuotas tendrás que ingresarlas dentro del mes siguiente de su devengo.
La presentación de los documentos de cotización para el ingreso de las cuotas se puede realizar en cualquier Entidad Financiera (Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito o Cajas Rurales) autorizada para actuar como Oficina Recaudadora.

Documentación a presentar:

  • Relación de liquidación de cotizaciones (RLC)
  • Relación nominal de trabajadores (RNT)
Esta documentación se debe presentar telemáticamente a través del sistema Red Directo de la Seguridad Social. Los autónomos y pymes deben comunicar por cada una de sus cuentas de cotización las bases, deducciones y compensaciones de todos sus trabajadores Además han de calcular la cotización total de la cuenta de cotización (totales TC2) y el importe a pagar (total TC1).

¿Cuánto debes cotizar?

Las cuotas a ingresar a la Seguridad Social, se calculan aplicando a la base de cotización del trabajador el porcentaje o tipo de cotización que corresponde a cada contingencia protegida. Estas cuotas se reflejan en la nómina mensual de cada trabajador y en los impresos TC1 y TC2.



En este post os dejo un pequeño resumen sobre los trámites que se realizan para la contratación de un trabajador.

  • Inscripción del empresario↦Solicitar en la Seguridad Social el alta de los trabajadores en el cual se le asigna el denominado Código de Cuenta de Cotización.La solicitud se realiza mediante el TA.6.


  • Afiliación de trabajadores↦Para poder contratarlos deben estar afiliados a la Seguridad Social.


  • Alta de los trabajadores↦ La solicitud de alta contendrá los siguientes datos:

  1. Nombre o razón social del empresario que promueve el alta.
  2. Código de Cuenta de Cotización del empresario.
  3. Régimen de Seguridad Social.
  4. Nombre y apellidos del trabajador.
  5. Número de Seguridad Social del trabajador
  6. DNI
  7. Domicilio del trabajador.
  8. Fecha de inicio de actividad.
  9. Grupo de cotización

  • Obligaciones de registro y comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal del contrato de trabajo.↦ En un plazo de 10 días el empresario debe remitir copia del contrato a la oficina pública de empleo para su registro


  • Ingreso de cuotas.↦ Además del pago de los salarios el empresario está obligado a ingresar las cuotas correspondientes de cotización a la Seguridad Social, tanto propia como la de sus trabajadores. La presentación se los documentos de cotización para el ingreso de las cuotas se puede realizar en cualquier Entidad Financiera. Los modelos a presentar son: Boletín de cotización(TC-1) y Relación nominal de trabajadores(TC-2).

  Aquí adjunto un pequeño esquema en mindomo.
Buenas,en este post os voy a poner un pequeño resumen de los trámites que se necesita para la contratación de un trabajador. Un empresario que vaya a iniciar su actividad, tanto si es individual como si es sociedad, debe solicitar su inscripción en la Seguridad Social previamente al alta de los trabajadores. Obligación de registro y comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal del contrato de trabajo. En un plazo de 10 días, el empresario debe remitir copia del contrato a la oficina pública de empleo para su registro. Ingreso de cuotas Además del pago de los salarios, el empresario está obligado a ingresar las cuotas correspondientes de cotización a la Seguridad Social, tanto propia como la de sus trabajadores. La presentación de los documentos de cotización para el ingreso de las cuotas se puede realizar en cualquier Entidad Financiera (Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito o Cajas Rurales) autorizada para actuar. Os dejo aqui un breve esquema. .

En este post se mostrará un resumen sobre los pasos a seguir del empresario para la contratación de un trabajador, exponiendo la documentación y tramites necesarios para realizar el alta y la contratación.
  1. Inscripción del empresario: en la Seguridad Social previamente al alta del trabajador.
  2. Afiliación de trabajadores: para contratarlos, deben estar afiliados a la Seguridad Social.
  3. Alta, baja y variación de datos de los trabajadores: se debe comunicar cualquier variación. Plazos de presentación: Bajas y variación de datos (6 días naturales), Altas (previo inicio de la jornada hasta 60 días antes)
  4. Obligación de registro y comunicación al SEPE: en un plazo de 10 días, el empresario debe remitir copia del contrato para su registro.
  5. Ingreso de cuotas: correspondientes de cotización a la Seguridad Social, en el mes siguiente a su devengo (en cualquier entidad bancaria).

Antes de pasar a la contratación de los trabajadores, serán necesarios unos pasos previos dirigidos a la planificación de los Recursos Humanos de la empresa.
Serían los siguientes pasos:
·         Planificar las necesidades de personal
·         Definir los puestos de trabajo
·         Seleccionar a los/as candidatos/as
·         Definir el tipo de contrato y las condiciones laborales
·         Proceder a la contratación

Los trámites para la contratación son los siguientes:
1. Inscripción del empresario
Un empresario que vaya a iniciar su actividad, tanto si es individual como si es sociedad, debe solicitar su inscripción en la Seguridad Social previamente al alta de los trabajadores.Es un acto administrativo que se lleva a cabo en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) por el cual se le asigna el denominado Código de Cuenta de Cotización (CCC).En cuanto al plazo, la inscripción debe solicitarse antes del inicio de la actividad, en la Administración de la TGSS más próxima al domicilio social.
Esta es la documentación a presentar:
  • Modelo oficial de solicitud
  • Documento identificativo del titular de la empresa
  • Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal en el que consta la Actividad Económica de la empresa
 Si se trata de una sociedad, además, debe presentar:
  • Escritura de Constitución de la Sociedad
  • Fotocopia del DNI de quien firma la solicitud de inscripción
  • Documento que acredite los poderes del firmante, si no consta en la escritura
 Tanto las variaciones de datos como la extinción o cese se comunicarán en un plazo de seis días naturales después de que se produzca.
2. Afiliación de trabajadores
Para poder contratar a trabajadores, en primer lugar, éstos deben estar afiliados a la Seguridad Social. Si no lo estuvieran, debe realizarse, previamente al alta, este acto administrativo por el cual la TGSS reconoce la condición de incluir, en el Sistema de Seguridad Social, a la persona física que por primera vez realiza una actividad determinante de su inclusión y le asigna un Número de Seguridad Social.
3. Alta, baja y variación de datos de los trabajadores
Se realiza a través del Modelo TA.2/S.
La solicitud de alta contendrá los siguientes datos:
  • Nombre o razón social del empresario que promueve el alta
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario
  • Régimen de Seguridad Social
  • Apellidos y nombre del trabajador
  • Número de Seguridad Social del trabajador
  • DNI
  • Domicilio del trabajador
  • Fecha de inicio de la actividad
  • Grupo de cotización
  • Tipo de contrato y coeficiente de jornada en su caso
  • Ocupación

La solicitud de baja deberá contener los siguientes datos:
  • Nombre o razón social del empresario que promueve la baja
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario
  • Régimen de Seguridad Social
  • Apellidos y nombre del trabajador
  • Número de Seguridad Social del trabajador
  • DNI
  • Domicilio del trabajador
  • Fecha de cese de la actividad
  • Causa de la baja
 Plazos de presentación:
  • Altas: Previo al inicio de la relación laboral (hasta 60 días naturales antes)
  • Bajas y variaciones de datos: 6 días naturales

4. Obligación de registro y comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal del contrato de trabajo
En un plazo de 10 días, el empresario debe remitir copia del contrato a la oficina pública de empleo para su registro.
 5. Ingreso de cuotas
Además del pago de los salarios, el empresario está obligado a ingresar las cuotas correspondientes de cotización a la Seguridad Social, tanto propia como la de sus trabajadores. Esta cuestión la veremos en un futuro post, donde analizaremos el coste de la contratación de trabajadores.
No obstante, te comentamos, respecto a esta cuestión, que las cuotas se ingresarán dentro del mes siguiente a su devengo.
La presentación de los documentos de cotización para el ingreso de las cuotas se puede realizar en cualquier Entidad Financiera (Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito o Cajas Rurales) autorizada para actuar como Oficina Recaudadora.
Y la documentación a presentar:
  • Boletín de cotización
  • Relación nominal de trabajadores
En el caso de empresas con un sólo trabajador en alta en el periodo, se cumplimentará el “TC-2 ABREVIADO”, si cumple los requisitos para ello.

A continuación se detallan los pasos previos para la contratación de un/a trabajador/a:
1) Inscripción del empresario.
El empresario debe estar dado de alta a la Seguridad Social con antelación. En caso de ser nuevo/a empleador/a se solicitará su inscripción mediante el Modelo TA.6.
Para cualquier modificación o apertura de un nuevo centro de trabajo en una provincia distinta de la sede social, se utilizará el Modelo TA.7.
2) Afiliación del trabajador/a.
Al igual que ocurre con el empresario, el trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social, si es nuevo, se solicitará su inscripción mediante el Modelo TA.1.
3) Alta, baja y variación de datos de los trabajadores.
Se realiza a través del Modelo TA.2/S.
4) Obligación de registro y comunicación al SPEE del contrato de trabajo.
En un plazo de 10 días, el empresario debe remitir copia del contrato a la oficina pública de empleo para su registro.
5) Ingreso de cuotas.
La presentación de los documentos de cotización para el ingreso de las cuotas se puede realizar en cualquier Entidad Financiera autorizada para actuar como Oficina Recaudadora.

Y la documentación a presentar:

·         Boletín de cotización (TC -1)

·         Relación nominal de trabajadores (TC-2)


En el caso de empresas con un sólo trabajador en alta en el periodo, se cumplimentará el “TC-2 ABREVIADO”, si cumple los requisitos para ello.

https://prezi.com/p/-ikxlpz7c_64/tramites-para-la-contratacion-de-un-trabajador/ 
Buenas tardes, realizado el esquema sobre la tramitación de la contratación de trabajadores. Trata sobre los trámites que hay que realizar para la contratación de un trabajador. Está compuesto por las diferentes actividades que tiene que realizar la empresa antes de esta contratación y sobre las altas, bajas y variación de los trabajadores y de los plazos de los que dispone la empresa para afiliación de los trabajadores ante la Seguridad Social junto a los puntos que debe contener para la contratación sea efectiva. También esta reflejado los documentos donde el empresario da validez a la contratación de los empleados y tienen que tener en su poder la Tesorería General de Seguridad Social (TGSS).

Un saludo.


lunes, 4 de noviembre de 2019

Los pasos y trámites necesarios para la contratación de un trabajador son los siguientes:
 -Inscripción de la empresa 
 El empresario que por primera vez vaya a contratar trabajadores, deberá solicitar su inscripción como empresario, en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), antes de la contratación de los trabajadores.
 -Afiliación de los trabajadores
Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral deberá solicitar un número de afiliación (NAF). Este número es único y general para todos los Regímenes del Sistema, y se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en él. Las solicitudes de afiliación únicamente surtirán efectos a partir del día en que se inicie la prestación de servicios por el trabajador.
-Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social
Todo empresario que contrate a trabajadores deberá comunicar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
Forma de practicarse el alta:
• A instancia del empresario.
• A instancia del trabajador: cuando el empresario incumpla la obligación de comunicar el alta.
• De oficio: cuando la TGSS o al Administración de la SS compruebe el incumplimiento de comunicar el ingreso de trabajadores por parte de las empresas o, en su caso, de los trabajadores obligados a efectuarla.
 -Alta de los contratos de trabajo
Este trámite consiste en realizar la legalización o alta de los contratos de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena.
 -Comunicación de apertura del centro de trabajo
Esta comunicación debe ser presentada cualquiera que sea la actividad de la empresa.
 -Obtención del calendario laboral Las empresas deben exponer en cada centro de trabajo, en lugar visible, el calendario laboral.
 En esta presentación está más detallado los trámites que hay que presentar a la hora de contratar.

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