lunes, 4 de noviembre de 2019

Trámites para la contratación de un trabajador

     1. Previo a la contratación.
Antes de que empiece a trabajar, la empresa debe solicitar a la Tesorería General de La Seguridad Social:
1.       La Inscripción de la Empresa (Si va a inscribir por primera vez).
2.       Afiliar al trabajador (si es la primera vez que lo contrata).
3.       Dar de alta al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social.

     2. Apertura del centro de trabajo, en el caso de que no este abierto.
La comunicación de apertura de un centro de trabajo y se deberá realizar por parte del empresario o sociedad, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.
El centro de trabajo es cualquier área, edificada o no, en la que los trabajadores deban permanecer o a la que deban acceder por razón de su trabajo. Además el centro deberá de pasar varias pruebas de prevención.
     3. Baja del contrato de trabajo.
Las bajas son los actos administrativos por los que se extingue la relación jurídica de Seguridad Social, en un plazo de 3 días desde que se extingue la relación laboral entre el trabajador y empresario.

     4. Variación del contrato de trabajo, por parte del trabajador de datos.
Durante el tiempo que este, esté contratado, puede existir la variación de datos, además de los datos identificativos del trabajador y del empresario, contendrá los datos objeto de modificación, debiendo ser comunicadas, fundamentalmente, aquellas variaciones que afecten a las condiciones laborales.


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